CONTRATO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO HUMANOX


CONTRATO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO

 

En Madrid, a  4 de diciembre de 2023

 

I. De una parte, (el “Inversor”), mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio en , (CP: ), con D.N.I.

II. De otra parte, GESTIÓN DE PATRIMONIOS MOBILIARIOS S.V., S.A. (la “Sociedad de Valores”), sociedad anónima, de nacionalidad española, con domicilio social en Madrid, Calle Montesa 38 (CP 28006) y C.I.F. A-78533171, entidad de servicios de inversión registrada en la Comisión Nacional del Mercado de Valores con número de registro 105, representada en este acto por D. Ernesto González Quesada, mayor de edad, con domicilio en el mismo que la Sociedad de Valores y D.N.I. 50.809.705-Z,

III. En su conjunto referidas como las Partes,

 

MANIFIESTAN

 

I. Que el Inversor es cliente de la Sociedad de Valores.

II. Que, se tuvo conocimiento que la empresa HUMANOX SOCCER, S.A. había aprobado en su Junta General de fecha 22 de marzo de 2021 autorizar a su Consejo de Administración para llevar a cabo una ampliación de su capital social. El Consejo de Administración activó dicha ampliación en su sesión de 26 de marzo de 2021. Las condiciones de la ampliación de capital eran:

a. Valor nominal de acción: DIEZ CÉNTIMOS DE EURO (0,10€),
b. Prima de emisión: ONCE EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS (11,90€),
c. Número de acciones a emitir: CUATROCIENTAS DIEZ MIL (410.000) acciones.

III. Que fecha 24 de agosto de 2021, las ahora Partes firmaron un mandato de suscripción de acciones por el cual el Inversor adquirió un total de () acciones de la mercantil HUMANOX SOCCER, S.A. a un precio total de ( €).

IV. Que el Inversor depositó en la cuenta de que es titular en GESTIÓN DE PATRIMONIOS MOBILIARIOS S.V., S.A. la cantidad necesaria para la suscripción de las acciones. Autorizando, en caso de disposición de saldo suficiente en dicha cuenta, a GESTIÓN DE PATRIMONIOS MOBILIARIOS S.V., S.A. a utilizar el mismo para la suscripción que se realizaría según lo recogido en el apartado anterior.

V. Que, en virtud de la cláusula VII, apartado g, era intención de HUMANOX SOCCER, S.A. su inclusión en el índice NASDAQ dentro de los NUEVE (9) meses siguientes a la ampliación de capital. En caso de no producirse dicha inclusión, existía un compromiso firme por HUMANOX SOCCER, S.A. de recomprar las acciones suscritas por el Inversor con un pago de una penalización equivalente a un TRES COMA CINCO POR CIENTO (3,5%) TAE.

VI. Que, habiéndose cumplido el plazo para la inclusión en el índice NASDAQ sin que ésta se haya llevado a cabo, es interés de las Partes que se proceda a la renovación de la opción recogida en la anterior cláusula.

VII. Que, en virtud del presente, las Partes acuerdan que el Inversor mantendrá las acciones adquiridas y amplían el plazo determinado para la inclusión en el índice NASDA hasta el 31 de diciembre de 2022, manteniendo las condiciones recogidas respecto a la no incorporación al índice en dicho período.

VIII. Que a fecha de la presente, se han generado unos intereses a favor del Inversor de ( €) que deberán ser abonados en su momento por parte de HUMANOX SOCCER, S.A.

IX. Que, el Inversor se obliga a guardar absoluta confidencialidad sobre la información y documentación que se le facilitó y se obliga a no revelar, ni utilizar directa o indirectamente la información y conocimientos adquiridos, derivados de la ampliación de capital descrita, el mandato en su día firmado y el presente contrato de ampliación de plazo en otros servicios que no sean el objeto del presente.

 

En atención a todo ello, firma el Inversor en lugar y fecha ut supra reseñados

 

Por la Sociedad de Valores
D. Ernesto González Quesada

El Inversor
D.

 

 

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7 de June de 2022 13:00 CETCONTRATO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO HUMANOX Uploaded by Gestión de patrimonios Mobiliarios S.V. S.A - [email protected] IP 77.231.188.243

CONTRATO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO HUMANOX.